Nuestro modelo de trabajo en la actividad de administración de fincas está basado en la especialización, la experiencia y la atención personalizada junto a un pormenorizado estudio de cada uno de los inmuebles que administramos que nos permiten conseguir los objetivos propuestos y los resultados más óptimos en cada caso.

Sin duda que las funciones básicas que marca el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) son la principal premisa para nuestra empresa como administradora y que vienen a ser:

  1. Velar por las instalaciones y servicios del edificio haciendo las oportunas advertencias y apercibimientos a sus titulares.
  2. Preparar con la debida antelación y someter a la junta el plan previsto de gastos proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
  3. Atender a la conservación y mantenimiento del edificio realizando las reparaciones o tomando las medidas que resulten urgentes dando inmediata cuenta de ello al presidente o en su caso a la junta de propietarios.
  4. Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
  5. Actuar, en su caso, como secretario de la junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
  6. Todas las demás atribuciones que se confieran por la junta.

 

Enmarcado con las funciones que indica el artículo 20 de la ley se incluyen los servicios de la asistencia y asesoramiento en las juntas, tanto generales como de carácter extraordinario que se pudiesen celebrar al igual que:

  • La elaboración, redacción y envío de convocatorias de las diferentes juntas generales y extraordinarias que se celebren en colaboración directa con el presidente de la comunidad.
  • Elaboración de actas y posterior envío a los propietarios.
  • GALFINCA ofrece la posibilidad de celebrar las asambleas generales en sus instalaciones, donde se dispondrá de mayor comodidad y de medios técnicos para la celebración de las mismas.  *(Limitado a un número máximo de asistentes).
  • Gestión administrativa y contable de la comunidad (pagos y cobros, facturas, recibos ordinarios y extraordinarios o derramas), solicitud de presupuestos según petición, gestiones ante la Agencia Tributaria, etc.
  • Emisión de certificados de cuentas según solicitud, así como de cualquier otro documento que el presidente solicite.
  • Asesoramiento jurídico y legal al presidente y a la comunidad en todas las dudas que le puedan surgir respecto a la aplicación de la Ley o de cualquier otro asunto relacionado con la comunidad así como un control estricto de la morosidad mediante un planteamiento de seguimiento de la misma y un plan de acción previamente sometido a aprobación por parte de la junta general y que arroja unos altos niveles de eficacia en el 99 % de los casos.
  • Elaboración y envío del balance anual de gastos e ingresos así como presupuesto de la comunidad a todos los propietarios con tiempo suficiente para su análisis y aclaración de dudas antes de la junta general ordinaria a celebrar, en todo caso dando estricto cumplimiento a lo indicado en la vigente Ley de Propiedad Horizontal.